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CAPÍTULO IV. FINANZAS

Artículo 23.- La Confederación carece de patrimonio fundacional. El cierre del ejercicio asociativo tendrá lugar a 31 de diciembre.
Los recursos económicos para atender a los fines de la Confederación procederán de:

  1. Las cuotas de las sociedades miembro.
  2. Las donaciones, subvenciones, herencias y legados que reciba.
  3. El producto de bienes patrimoniales que tuviese.
  4. Los ingresos por actividades lícitas, no lucrativas, que realice la Confederación, dentro de sus fines.
  5. Otros que pueda obtener la Confederación.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES [artículos 1 al 6]

CAPÍTULO II. ÓRGANOS DE GOBIERNO [artículos 7 al 18]

CAPÍTULO III. DE LAS SOCIEDADES MIEMBRO [artículos 19 al 22]

CAPÍTULO IV. FINANZAS [artículo 23]

CAPÍTULO V. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS [artículos 24 al 25]

CAPÍTULO VI. DISOLUCIÓN DE LA CONFEDERACIÓN [artículos 26 al 27]

DISPOSICIÓN TRANSITORIA [artículo 28]

DILIGENCIA FINAL

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